CAOS Y ESCÁNDALO | “ESCAPISTA” Y “LA CAUSA LE PROVOCA MUCHA INCOMODIDAD”: LOS DURÍSIMOS TÉRMINOS DEL MAGISTRADO QUE RECHAZÓ LA RECUSACIÓN DEL JUEZ ORTIZ
El juez de Instrucción, Alfredo Cuello se expidió en contra del apartamiento de su par en la causa en la que está denunciada por corrupción la ex diputada Anabela Lucero, su pareja y otros tres ex funcionarios.


En un durísimo pronunciamiento fue rechazada la excusación del juez de Instrucción, Santiago Ortiz que quiere dejar la causa en la que se investiga el vaciamiento del Molino Fénix porque su hermano le alquiló un departamento al ex gerente del organismo, el actual diputado provincial Joaquín Beltrán, denunciado junto a su pareja por graves irregularidades.
Las muy fuertes consideraciones formuladas por el juez Alfredo Cuello para dirigirse a su par se producen en un momento que el Poder Judicial está sumido en una crisis que escala sin indicios se tener límites. El caos se expande y afianza la idea de anarquía en un poder donde los escándalos no paran.
Cuello trató de “escapista” a Ortiz, lo acusa de “huir de la causa” y le adjudicó que actúa “liviana, mendazmente y con desconocimiento de la jurisprudencia y del derecho”.
A continuación las principales consideraciones del juez Cuello:
| “El aludido magistrado por lo menos… desoyendo interesada e indecorosamente el marco normativo y los claros principios rectores del instituto en cuestión y que fueran recientemente señalados por el Máximo Tribunal Provincial, decide huir de la causa que le tocó en suerte”.
| “…el escapista Ortiz quien afirma liviana, mendazmente y con desconocimiento de la jurisprudencia y del derecho, tener ´un interés legítimo por mi carácter de heredero respecto de los actos de administración y disposición de los bienes inmueble destinados a alquiler temporario y solo en orden a los que pertenecen al acervo hereditario de mi difunto padre, el Sr. Santiago Afilio Ortiz, y en este caso específico respecto de la locación temporaria ut supra señalada (causal sobreviniente al causal sobreviniente al causal sobreviniente al proceso), es mi deber excusarme, por un lado conforme lo señala el artículo 3 acápite d) del C.P.Crim. y por otro lado por motivos de delicadeza y decoro (arts. 17 y 30 del C.P.C.yC. de aplicación supletoria), correspondiendo por ello señalar que la delicadeza como el decoro como causal de excusación no tiene grados juzgables por otro que no sea la propia conciencia del magistrado que se excusa; de ahí que no es revisable ni recurrible por otro que el propio juez invocante, de cuya buena fe, de su conflicto de conciencia, nadie puede tener el derecho a juzgar´".
| “…informo que el concreto departamento sito en la calle Intendente Leyes Nº 64, ciudad y que habrían intentado alquilar temporariamente por unos días para un tercero Anabela Lucero y Joaquín Beltrán, ES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA DEL SR. DIEGO MARTIN ORTIZ Y NO PERTENECE AL ACERVO HEREDITARIO DEL PADRE DEL JUEZ. El mencionado hermano ha sido ofrecido como prueba –yo también lo propongo- y se lo debe interrogar al respecto, es más puede acreditar lo que acabo de afirmar”.
| “…Ortiz miente, yerra o cuando menos luce apresurado por irse, cuando dice alejado de la verdad y sin verificar lo realmente sucedido, tener un "INTERÉS LEGITIMO por mi carácter de heredero respecto de los actos de administración y disposición de los bienes inmueble destinados a alquiler temporario…”.
| “…Cuando con grandilocuencia y aparentando honorabilidad asevera que ´es mi deber excusarme, por un lado conforme lo señala el artículo 3 acápite d) del C.P.Crim. y por otro lado por motivos de delicadeza y decoro . . .´, NO NOTÓ QUE LA LEY LE EXIGÍA QUE LOS MOTIVOS FUERAN GRAVES. Leamos con cuidado la legislación. Es más, aún si el negocio de su hermano se perfeccionaba, ello no habría configurado una causal seria y motivada de apartamiento para el susceptible Juez. Si pasa, pasa”.
| “QUE FÁCIL SERÍA LA TAREA DE UN JUEZ SI PUDIÉSEMOS ELEGIR LOS PROCESOS PENALES EN LOS QUE NOS GUSTARÍA INTERVENIR, permitiéndosenos optar por pasársela a otro –y que se joda, coloquialmente hablando- dependiendo de quienes son los imputados, los damnificados, los fiscales o los defensores intervinientes”.
| “RECHAZO EL APARTAMIENTO DEL DR. ORTIZ POR PENSAR QUE LO ESBOZADO POR ÉSTE, LEJOS DE CONSTITUIR MOTIVOS SERIOS DE DECORO Y DELICADEZA, NI SIQUIERA SON MOTIVOS, NO SON CIERTOS, SON MENTIRITAS, SIMPLES ARTILUGIOS PRODUCTO DE UNA EXACERBADA Y DRAMATIZADA SUSCEPTIBILIDAD, introducidos de un modo engañoso y malicioso, entre gallos y medianoche, claramente violatorio de todo lo legislado en todo el capítulo pertinente del C.P.P. (Ley Nº VI-0152-2021), Y PARA QUÉ? PARA SORTEAR EL TRÁMITE DE UNA CAUSA QUE SIN DUDAS LE PROVOCA MUCHA INCOMODIDAD, obviamente no idónea para torcer la imparcialidad y la tranquilidad de espíritu de un Magistrado”.
| “Santiago Ortiz debe ser responsable, no informar algo que no ocurrió de un modo diferente o agigantar sus emociones y tendría que haber seguido el consejo que le di –“PÓNETE LOS PANTALONES LARGOS”-, pero PREFIRIÓ LOS CORTOS Y SALIÓ A JUGAR CON LA GARANTÍA CONSTITUCIONAL DEL “JUEZ NATURAL”, utilizando para ello desde la exageración hasta la mentira”.
| “No es de extrañar que el día de mañana, el juez que está pretendiendo irse, al no obtener éxito en la actualidad, amañe otra nueva causal de alejamiento: podrían algunas de las partes comprar chicles en el “Kiosco Santiago”, por ejemplo”.
| “Estaré atento a ello y espero que el Tribunal que en definitiva decida, me ayude y le marque la cancha, señalándole sus obligaciones y deberes, no aceptándole partir o huir temeroso”.
El pronunciamiento de Cuello fue elevado al Tribunal de Impugnación que definirá quien tramita la causa.
CAOS Y ESCÁNDALO | “ESCAPISTA” Y “LA CAUSA LE PROVOCA MUCHA INCOMODIDAD”: LOS DURÍSIMOS TÉRMINOS DEL
EL FISCAL DE ESTADO SOBRE LA ACTUACIÓN DE LA JUSTICIA DE SAN LUIS: “LLAMA LA ATENCIÓN LA LIGEREZA EN UN CASO Y QUE LAS CAUSAS CONTRA LA CORRUPCIÓN NO AVANCEN”
