EL TRIBUNAL ELECTORAL NO AUTORIZÓ EL USO DE LA IMAGEN DE ALBERTO RODRÍGUEZ SAÁ EN LA BOLETA ÚNICA PAPEL
Declaró inconstitucional un artículo de la última ley electoral en un pronunciamiento que hace lugar a una presentación de la Alianza Ahora San Luis. Para aparecer debía ser candidato, pero no se postuló.


El Tribunal Electoral Provincial falló a favor de la alianza Ahora San Luis y no autorizó al Frente Justicialista usar como logotipo electoral la imagen del ex gobernador Alberto Rodríguez Saá que no es candidato en las elecciones del 11 de mayo.
El máximo organismo electoral provincial declaró la inconstitucionalidad parcialmente del artículo 18 de la Ley XI-1149-2024 que instauró el sistema de Boleta Única Papel en la provincia, según se desprende del autointerlocutorio N° 04-TEP-2025.
La única manera de que Rodríguez Saá apareciera en la Boleta Única Papel era postulándose como candidato para algún cargo, pero decidió no integrar la lista de su Frente.
Ahora el Frente Alianza Justicialista deberá alinearse con el pronunciamiento tanto en su logotipo como los distintivos proselitistas.
La Alianza Justicialista había pedido la inclusión de una caricatura de Alberto Rodríguez Saá. Esto fue cuestionado por el Frente oficialista porque no se ajusta al ordenamiento legal vigente que habilita la presencia únicamente de candidatos oficializados y también da lugar a inducir a error al votante.
Por mayoría el TEP concluyó que el uso de una imagen de una persona que no es candidata significa una “ventaja indebida”, un “abuso del derecho que no tiene sustento legal”, una “maniobra ventajista” y da lugar a confusión, por ejemplo, de las personas analfabetas. De ese modo se expidieron Horacio Zavala Rodríguez y José Luis Flores, que subrogó a Eugenia Zabala Chacur. El presidente del Tribunal, Jorge Levingston manifestó su disidencia considerando que no había que declarar la inconstitucionalidad.
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