VACIAMIENTO DEL MOLINO FÉNIX: INSISTEN QUE LA EX DIPUTADA ANABELA LUCERO Y SU PAREJA TIENEN QUE SER IMPUTADOS POR “ROBO EN POBLADO Y EN BANDA”
Esta semana la querella apeló el rechazo del juez Santiago Ortiz a la formulación de cargos por uno de los 9 hechos acusados. Un día antes de que cambiara el Gobierno, los cinco imputados entraron a las instalaciones, sustrajeron (entre otras cosas) docum


El Ministerio Público Fiscal acusó a la ex diputada Anabela Lucero, a su pareja, el diputado provincial Joaquín Beltrán, y a otros tres ex funcionarios por 9 hechos de corrupción dentro del Molino Fénix. El único que fue rechazado por el juez Santiago Ortiz en la formulación de cargos fue la calificación de “robo en poblado y en banda”.
Esta semana la querella presentó la apelación para que el Tribunal de Impugnaciones defina qué tipificación legal representa dentro de los hechos que investigó el fiscal José Olguín, la conducta que desplegaron los imputados.
En el expediente se trata del hecho 4, y sucedió el 9 de diciembre de 2023, es decir, el día previo al cambio del Gobierno. En la audiencia que se realizó el 14 de marzo, Olguín graficó el relato con un video (que la defensa no permitió que se siguiera mostrando). Una cámara instalada en la calle es la que registra los movimientos, en concreto cómo en el auto de Lucero, los cinco, cargan bolsas y otros elementos del complejo.
Están involucrados también Enzo Lucero (ex jefe de Eventos, y hermano de Anabela Lucero), Exequiel Scarel (jefe de la Casa de la Música, y cuñado de Lucero) y Diego Torres (coordinador de Teatro).
“A su entender la propiedad del Estado estaría excluido de la posibilidad de robo, por eso es que vamos a apelar”, había anticipado Olguín. “Acá un día, cinco personas, aprovechando el fin de semana se metieron en una casa, vaciaron el lugar y lo cargaron en un auto, eso es un robo. Para el juez no lo es, sino que se trata de una figura contra la administración pública. Cuántas personas entran a robar, como para citar un ejemplo, a las escuelas, y no los castigan por delitos contra la administración pública, sino por robo”, completó.
Ese día contó el fiscal que “la mudanza” la habían comenzado un día antes. Que mandaron a un chofer a “hacer traslados” en una camioneta cuya cabina estaba repleta de equipamiento tecnológico (entre ellos computadoras y notebooks). También contó que las bolsas se tiraron en el basural del barrio Kilómetro 4, que había documentación sobre la administración del complejo y del personal.
El 11 de diciembre una empleada encontró la puerta rota y el faltante de documentación, de computadoras, TV y disco rígido. La oficina de administración quedó “desmantelada”.
La apelación que presentó la querella, representada por Flavio Ávila, describe el hecho puntual del 9 de diciembre de 2023, entre las 11 y las 18. Los cinco imputados “sustrajeron ilegítimamente equipos de informática y la documentación perteneciente al Complejo Molino Fénix, la Casa de la Música, Zoom del Barrio Eva Perón y Museo “Mono” Gatica”.
Detalla que para apoderarse de la documentación y demás elementos rompieron un armario donde estaban los legajos de los empleados, y las puertas y cadenas de un depósito ubicado debajo de la tribuna del teatro que está dentro de la Casa de la Música.
Para la Fiscalía y para la querella, esto hechos “deben ser calificados como robo calificado en poblado y en banda (previsto y penado en el art. 167 inciso 2do del C. Penal); y no como resolvió el juez de Garantías, como peculado (previsto y penado en el art. 261 del C. Penal).
Plantearon, en este punto, una “cuestión dogmática jurídica penal, sobre la correcta tipificación de los hechos, es decir es robo o peculado”.
También esta semana tuvo lugar una audiencia donde se trató el recurso de nulidad presentado por la defensa de Lucero y Beltrán, de la denuncia que hizo el ex funcionario Pablo González. Este pedido se hizo en la primera audiencia del 20 de febrero, pero fue rechazado por Ortiz. La resolución se conocerá en 10 días.
Por otra parte, este viernes se fijó para el 3 de abril otra audiencia para tratar, los recursos de apelación por la formulación de cargos y de revisión por medidas de coerción, también presentados por la defensa.
por Catalina Ysaguirre
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